El proyecto de ley que pretende regular los precios de los alquileres, presentado por la senadora kirchnerista Teresita Quintela, generó un contundente rechazo en el sector inmobiliario, que lo tildó de “inconstitucional y confiscatorio”. En tanto, fuentes del oficialismo parlamentario reconocieron que la iniciativa difícilmente prosperará.
La Federación Inmobiliaria de la República Argentina (FIRA), que reúne [...]
C.U.C.I.C.B.A – Colegio Corredores Buenos Aires
Ya no se puede operar sin estar colegiado
A partir de ahora ya no podrá ejercer la comercialización de propiedades quien no este colegiado en Buenos Aires. El día Jueves se presentó formalmente a las autoridades del Colegio Unico de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Bs As.
El acto se [...]
Es un régimen que protege la vivienda familiar y garantiza que no pueda ser ejecutada ni rematada por deudas posteriores a su inscripción.
El régimen del “Bien de Familia” brinda al propietario una protección patrimonial del inmueble que habita con su familia o en el que desarrolla su actividad económica por cuenta propia.
Cualquier vivienda (urbana o rural) puede ser Bien de Familia.
Pero si usted tiene más de una propiedad, ya sea en distintas provincias o ciudades, sólo puede constituir en Bien de Familia aquella en la que viva o explote el inmueble o la industria en ella existente.
La vivienda que es Bien de Familia sólo puede ser ejecutada por deudas que surgen de la falta de pago de impuestos inmobiliarios, municipales y expensas.
Además no puede ser utilizada en ningún caso como garantía, ni sirve como aval de un préstamo bancario, aunque sí se puede hipotecar.
Sábado, Agosto 22, 2009
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